Vecinos de Parque Chacabuco logran medida cautelar que impide la construcción de megatorres en el barrio

17.3.2022

Vecinos y vecinas organizadas del barrio Parque Chacabuco en la Ciudad de Buenos Aires lograron un fallo a favor de la medida cautelar que frena todo tipo de construcción en uno de los predios en los que se pretendía construir edificios de 12 y 21pisos, en un barrio de casas bajas. «La construcción de las torres determinaría un claro desconocimiento al derecho a la salud y al ambiente, teniendo en cuenta que ello derivará en la falta de provisión de servicios públicos suficientes y afectará el acceso de las casas aledañas a la luz natural, a la vez que producirá una grave afectación a la fisonomía e identidad histórica del barrio» alegaron.

El colectivo Parque Chacabuco No a las Torres se presentó ante la justicia en septiembre de 2021, luego de constatar la presencia de proyectos de construcción de megatorres en un barrio de casas bajas. La medida fue dictada por la jueza Andrea Danas, desde el Juzgado de Primera Instancia en lo contencioso administrativo y tributario N°11 de la Ciudad de Buenos Aires.
En la presentación se alegó que «de concretarse las obras, se determinaría un claro desconocimiento al derecho a la salud y al ambiente, teniendo en cuenta que ello derivará en la falta de provisión de servicios públicos suficientes y afectará el acceso de las casas aledañas a la luz natural, a la vez que producirá una grave afectación a la fisonomía e identidad histórica del barrio» explicaron.
Desde el juzgado constataron que en el caso de uno de los proyectos, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires «otorgó certificados de aptitud ambiental y permisos de obra de manera ilegal, aceptando una declaración jurada falsa por parte de los desarrolladores, en la que se aseguraba que se había realizado demolición y no se había encontrado presencia de asbestos. Bajo este juramento fue que se consideró el desarrollo de la obra como de impacto ambiental sin relevante efecto.» explicaron los vecinos mediante un comunicado.
Sin embargo, los vecinos manifiesta que la demolición nunca ocurrió. Por tal motivo la justicia dio lugar a la medida cautelar que busca evitar un eventual daño con afectación de los derechos individuales y la vulneración a un medioambiente sano, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.
«Desde Parque Chacabuco No a las Torres el fallo se considera un avance, pero se mantiene el estado de alerta en la continuidad de la causa judicial para llegar a una solución definitiva que ponga fin al avance de los desarrolladores inmobiliarios en detrimento de calidad de vida de los porteños y las porteñas» finalizaron.

Alejandrina Barry cruzó a Soledad Acuña llevando la agenda de la comunidad educativa

15.3.2022

Fue en la Comisión de Educación de la Legislatura porteña. La diputada del Frente de Izquierda le solicitó a la Ministra de Educación, que responda ante la falta de vacantes, la calidad del servicio de comedor y las reformas del estatuto docente que se pretenden implementar.

Este martes, en el marco de la sesión de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología de la Legislatura porteña, la ministra de Educación de la Ciudad de Buenos Aires, Soledad Acuña, asistió para escuchar las preguntas de las y los legisladores respecto a una nueva reforma inconsulta del Estatuto docente de la Ciudad propuesto por el oficialismo.
La diputada por el PTS en el Frente de Izquierda Unidad, Alejandrina Barry, comenzó mostrándole a la ministra las imágenes del grave estado en el que está la infraestructura de la Escuela Comercial N°6 de Lugano, cuyos docentes, estudiantes y familias se encontraban en ese momento cortando la autopista Dellepiane exigiendo respuestas urgentes. “Las aulas están en mal estado, no se reparó el servicio eléctrico, la mampostería literalmente se cae, la biblioteca se inunda y los tanques de agua están sucios. Esta situación sucede ahora en esta escuela, y por eso se están movilizando, pero en nuestra recorrida por otras escuelas de la Ciudad observamos que la situación es muy parecida”, señaló Barry. Y agregó: “Cuando hablamos de educación, hablamos de poner en agenda estas cosas, las necesidades de la comunidad educativa”.

Un barrio de feria

15.3.2022

Se realizó la 2° Feria del Libro de Flores, el sábado pasado. En Morón y Artigas participaron más de 100 editoriales con ensayos, novelas, cuentos, cómics y fanzines.

Tomar la calle, interrumpir momentáneamente la circulación, alterar el uso habitual de las veredas, transformar una porción ínfima de un insigne barrio de la Ciudad de Buenos Aires en espacio “común” para el cruce inesperado, extraordinario. Con sus propios ritmos, olores, ruidos y colores, en las ferias de libros –como en las de variedades– conviven lo conocido y desconocido, lo múltiple y lo heterogéneo, lo novedoso y lo primitivo. Tienen algo de ritual y de fiesta. Son territorio de ilusionistas, de poetas y de buscas.
Del negocio al ocio y viceversa, el mercado se dispone como espacio de intercambio no del todo regulado; pone a circular y produce escenas, como si el objetivo de la feria fuese ella misma, y la posibilidad de nuevas ferias. Con ese espíritu ponemos al descubierto, a cielo abierto, todo un ecosistema de libros autogestivos cuya relevancia para la vida social, cultural y económica no siempre es visible. Ensayos, novelas, cuentos, cómics y fanzines, libros vivos, orgánicos y mutantes, que disparan relaciones y alimentan redes. Una feria que no es solo una feria, sino dos. Y que a su vez es escuela, que va entretejiendo capas de una experiencia que finalmente es múltiple, de autogestión y vida cooperativa (¿poscapitalista?).
De ahí que la Feria es, también, una invitación abierta, genérica, disponible para quien la desee, no solo a discutir, sino a experimentar in situ con problemas que hoy son centrales, como los modos de habitar la ciudad, las posibilidades de la economía popular, los feminismos como un lugar donde se recrea la política, los desafíos actuales de la organización, los aspectos claves de una agenda ecosocial capaz de imaginar una alternativa a la devastación ambiental. Porque la feria es también una trinchera, lugar de resistencia y complot; de autorganización y encuentro. En una ciudad cada vez más asfixiante, sin opciones, donde todo viene empaquetado hasta volverse copia de sí mismo, la feria irrumpe intentando abrir un espacio.
Una Feria en un barrio, un barrio de Feria. Y sobre todo un ensayo más de pensar a gran escala a partir de tramas políticas de proximidad; de generar espacios abiertos, hospitalarios, capaces de seguir creciendo; de convocar a quiénes apuesten a existencias más vivibles a propiciar una ecología de organizaciones para otras vidas. Potenciarse los unxs a lxs otrxs. El 12 de marzo volvimos a ocupar el espacio público con alegría, con organización y con nuevos proyectos. Gratis y en la calle.

Legisladores presentan un acompañamiento a la campaña por absolución para Higui

14.3.2022

Este 15 de marzo comienza el juicio contra Higui, donde se la acusa de homicidio simple por defenderse ante una violación correctiva. Alejandrina Barry del Frente de Izquierda presentó ante la Legislatura un proyecto para acompañar la campaña por su absolución impulsada organizaciones y activistas LGBTIQ+.

Este lunes se presentó ante la Legislatura porteña un proyecto de declaración que “expresa su acompañamiento a la campaña por la absolución de Eva Analía de Jesús, más conocida como Higui, quien, luego de haber estado presa 8 meses, enfrentará un juicio acusada de homicidio simple por haberse defendido de una golpiza y de una violación correctiva grupal. Asimismo, expresa su repudio ante un nuevo caso de criminalización contra personas LGBTIQ+ por parte del Estado”. La misma lleva como autora la diputada porteña del PTS en el Frente de Izquierda Alejandrina Barry y la acompañan sus pares Gabriel Solano y Amanda Martin.
Esta presentación se realiza como parte de la campaña por la absolución para Higui por parte de organizaciones y activistas LGBTIQ+ en el marco del comienzo del juicio este 15 de marzo. Esta exigencia de absolución lleva varios años y un amplio arco de acompañamiento de distintas organizaciones sociales, de DDHH y políticas.
Recordemos que el 16 de octubre del 2016, Higui visitó la casa de su hermana en el barrio Mariló en el partido de San Miguel. Ella ya no vivía allí, se había mudado previamente ante las amenazas de violación, y el acoso y abuso callejero. En la puerta un grupo de hombres la esperó y atacó al grito de “te vamos a empalar, tortillera”.
Ante el intento de violación correctiva (aquella dirigida contra las personas LGBTIQ+ para “corregirlas”), Higui se defendió y como resultado uno de los agresores llamado Cristian Espósito murió, mientras el resto de los agresores continuaron golpeándola. Tras el hecho la policía, lejos de abrir una investigación, la detuvo a partir de la denuncia que realizaron los agresores en su contra. Así se inicia la causa en su contra bajo la carátula de homicidio simple.
El caso de Higui, es testigo de la criminalización que persiste y sufren las personas LGBTIQ+ por parte del Estado, tanto desde la Policía como la Justicia. Por eso la exigencia por su absolución debe escucharse en todas partes, incluso en la Legislatura porteña.

La justicia declaró nulo convenio entre IRSA y el gobierno porteño

11.3.2022

Lo resolvió el juez Aurelio Ammirato. Se trata del convenio que autorizaba la construcción de 20 torres de 145 metros de altura entre otros edificios en plena Costanera Sur, al lado de la Reserva Ecológica, y la destrucción de uno de los últimos humedales de la ciudad.

Compartimos la nota publicada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad:
El Juez Aurelio Ammirato, el 10 de marzo de 2022, declaró la nulidad del convenio urbanístico firmado entre el GCBA y la empresa IRSA el 19 de julio de 2021 con respecto al inmueble situado en Av. España n° 2230/40. Este convenio autorizaba la construcción de 20 torres de 145 metros de altura entre otros edificios en plena Costanera Sur, al lado de la Reserva Ecológica, y la destrucción de uno de los últimos humedales de la ciudad.
La sentencia fue dictada en los autos caratulados “Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad Y otros c/GCBA y otros s/ Amparo – Otros”, Expte. N° 166469-2021/0.
La causa judicial fue impulsada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC), el Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas (IPYPP), la Cátedra de Ingeniería Comunitaria (CLIC), Unidad Popular (UP) y la Defensoría de Laburantes (LA DEFE). Estos espacios impulsaron el surgimiento de El Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos a fines del año pasado y desarrollaron campañas como la de “Costanera Verde Pública2 y “Resistencia Verde”.
En la causa judicial se cuestionó la falta de participación ciudadana de forma previa a la firma del Convenio Urbanístico y la ausencia de la elaboración del Estudio Diagnóstico y la Evaluación de Impacto Final.
Este convenio urbanístico, que recibió un rechazo casi unánime en la audiencia pública, fue aprobado por la Legislatura, en segunda lectura, el 2 de diciembre de 2021, dando origen a la Ley N° 6476.
Jonatan Baldiviezo, abogado patrocinante de la causa judicial, fundador del Observatorio del Derecho a la Ciudad y de “El Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos”, manifestó: “La política de los convenios urbanísticos está destruyendo la planificación de la Ciudad y los barrios porteños. Estamos inmersos en la desplanificación de las excepciones inmobiliarias en aras de la especulación inmobiliaria. También, comprobamos que la empresa IRSA es la terrateniente urbana que más beneficios ha obtenido del GCBA en los últimos años (Adjudicación de la concesión del Centro de Convenciones y Exposiciones, la subasta del edificio de Berutti, autorización de Ciudad Palmera en Caballito, la subasta del edificio de El Plata, la autorización para el shopping Distrito Arcos, la autorización para el Shopping Dot, etc.). Tal es el extremo de la simbiosis política-inmobiliaria-financiera-electoral entre Rodríguez Larreta y el grupo IRSA que para autorizarle la construcción de un nuevo Puerto Madero en la Costanera Sur decidieron violar innumerables leyes y la Constitución de la Ciudad.
Firmaron el convenio urbanístico para Costa Urbana sin cumplir con la participación ciudadana ni con la elaboración de los estudios correspondientes. Votaron en la Legislatura el Convenio sin las mayorías que exige la Constitución. No realizaron el análisis y las consideraciones que se exige frente a los cuestionamientos de cientos de personas realizadas en la audiencia pública. Firmaron adendas al convenio y las ingresaron por la ventana antes de la segunda sanción en la Legislatura de forma inconstitucional. Incumple el mandato constitucional de recuperar la totalidad de la Costanera para el uso común de la Ciudadanía porteña. Viola la protección del derecho al ambiente al decidir destruir uno de los últimos humedales de la ciudad, etc.
Este fallo viene a poner en alto que la Ciudad debe organizarse bajo los principios de la democracia participativa y ambiental. Necesitamos como ciudadanía impulsar una revolución democrática social y ambiental para superar la actual monarquía inmobiliaria-financiera que padecemos”.
La Ing. María Eva Koutsovitis, Coordinadora de la Cátedra de Ingeniería Comunitaria, investigadora del IPYPP y fundadora de “El Movimiento La Ciudad Somos Quienes La Habitamos”, expresó: “Este fallo histórico no solo pone en evidencia la emergencia ambiental y climática que atraviesa la Ciudad de Buenos Aires que se manifiesta en el aumento sostenido de la temperatura máxima anual, sino que, además pone en valor la democracia participativa ambiental. En este punto, la sentencia enfatiza que también debe ser un interés público del GCBA el respeto de la participación ciudadana en la decisión de políticas ambientales. El paradigma democrático está cambiando. Las elecciones no son suficientes y las nuevas regulaciones exigen una co-decisión entre las comunidades y el GCBA. Así resalta el fallo al citar el Acuerdo de Escazú y la Constitución de la ciudad.
La emergencia climática y ambiental se ha ido profundizando en la última década. En paralelo en la ciudad se sacrificaron 150 hectáreas de espacios verdes públicos y se impulsa la consolidación de la ocupación y privatización de todo el entorno ribereño. Con el proyecto de Costa Urbana se cometería un ecocidio al destruir nuestro humedal costanero. La resistencia verde que venimos sosteniendo en defensa de nuestra costanera está rindiendo frutos. Frenamos la Venta de Costa Salguero y ahora logramos proteger la Costanera Sur. La ciudadanía porteña desea ser protagonista del destino de la ciudad, de las decisiones que hacen a la calidad de vida, ya no tolera la verticalidad en el ejercicio del poder público”.
En la sentencia, que realizó un desarrollo profundo de la democracia participativa ambiental, se sostuvo:
1. El reglamento dictado por el Secretario de Desarrollo Urbano para el tratamiento de los convenios urbanísticos (resolución n° 119/SECDU/20, del 30 de diciembre de 2020) no prevé ninguna instancia de participación pública, y de los expedientes administrativos remitidos a requerimiento de este estrado no surge que en sede administrativa tal participación haya sido implementada.
2. El Acuerdo de Escazú exige participación pública en las etapas preliminares del tratamiento de las cuestiones ambientales, y con respecto a los convenios urbanísticos esa disposición fue interpretada por el legislador; quien, a nivel nacional, reconoció el derecho de toda persona a expresar su opinión en los procedimientos administrativos que se relacionen con el ambiente (ley 25.675, arts. 19 y 21) y en el ámbito local determinó que tal participación debe tener lugar antes de la firma del convenio. La suscripción del convenio por parte del titular del Poder Ejecutivo expresa una decisión estatal, y la ley determina que estos convenios deben ser decididos e implementados en marcos participativos.
3. Esta participación, en consecuencia, debe ocurrir ante el Poder Ejecutivo, y su inexistencia en este caso plasma un incumplimiento objetivo. El régimen jurídico prevé instancias participativas tanto ante el Poder Ejecutivo, que debe implementarla antes de adoptar la decisión de suscribir el convenio; como ante el Poder Legislativo, que debe convocar la audiencia pública antes de expresar su voluntad con respecto al convenio remitido a su consideración por el Poder Ejecutivo, aprobándolo o rechazándolo.
4. Suponer que la audiencia pública del procedimiento legislativo de doble lectura puede suplir la instancia de participación pública que el PUA exige antes de la firma del convenio urbanístico, implica aceptar que el legislador haya dictado esta norma ignorando la previsión constitucional, alumbrando de esa manera una disposición legal inútil, extremo que no cabe presumir (CSJN, Fallos: 343:140, sentencia del día 03/03/2020, entre muchos otros precedentes).
5. La autoridad de aplicación dictó un reglamento que no prevé ninguna instancia de participación previa a la firma del convenio, lo cual incumple el tratado internacional (Acuerdo de Escazú), la ley 25.675 y la ley marco, directamente prevista por el constituyente (art. 29, CCBA), a la que deben ajustarse la normativa urbanística y las obras públicas (PUA).
6. Respecto a la segunda de las adendas al convenio urbanístico no se completó el procedimiento de doble lectura previsto por el constituyente, toda vez que fue efectuada después de la primera lectura del proyecto y de la celebración de la audiencia pública. Por ello, con relación a ella no existió ninguna instancia de participación pública, esto es, ni ante el Poder Ejecutivo ni ante el Poder Legislativo.
7. El procedimiento administrativo que condujo a la firma del convenio urbanístico está viciado, en tanto omitió la instancia participativa que la ley impone. Este vicio del trámite se traslada al convenio que es su consecuencia y a la ley que lo aprobó.
8. Con estos argumentos, el Tribunal resolvió hacer lugar parcialmente a la acción de amparo entablada, admitiendo en parte la pretensión formulada en la ampliación de la demanda, y, en consecuencia, acogiendo la impugnación del convenio urbanístico firmado entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la empresa IRSA el 19 de julio de 2021 con respecto al inmueble situado en Av. España n° 2230/40, de sus adendas, y de todos los actos que sean su consecuencia.

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