12.10.2020
Por CORREPI
En el juicio a Chocobar, que no podemos presenciar porque interviene un Tribunal Oral de Menores a partir de que también se está juzgando al chico que estaba con Juan Pablo Kukoc, menor de edad a la fecha del hecho, están claramente expuestas tres posiciones. La de la defensa, que sostiene el legítimo cumplimiento del deber; la de la querella, que correctamente acusa por el homicidio calificado por haber sido cometido por un miembro de una fuerza de seguridad con abuso de su cargo o función, y exige la condena a prisión perpetua, y la de la fiscalía, que argumenta un tibio exceso en el cumplimiento del deber y aspira a una pena excarcelable.
Así, la defensa reivindica el gatillo fácil como aceptable y deseada política de estado y la querella defiende los derechos de las personas frente al poder de fuego estatal y señala el carácter de crimen de estado del homicidio cometido por un policía. Pero la fiscalía no está meramente “a mitad de camino”, sino que remite a la tesis exculpatoria de la responsabilidad estatal fundada en los “errores o excesos” individuales, en una reedición adaptada a la etapa de la teoría de los dos demonios.
El 8 de diciembre de 2017, en el barrio de La Boca, dos pibes asaltaron a un turista yanqui y le robaron su cámara fotográfica. Uno de ellos tenía un cuchillo, con el que hirieron a la víctima del robo. Perseguidos por tres vecinos que vieron la escena, los dos salieron corriendo por la calle Olavarría. Uno de ellos, Juan Pablo Kukoc, de 18 años, fue alcanzado en la calle Irala a metros de la Av. Suárez. Los tres vecinos forcejearon con él y le sacaron la cámara fotográfica. Ninguno vio ni fue atacado con arma alguna.
En ese preciso momento, llegó al lugar el policía Luis Oscar Chocobar. De entrada hizo tres disparos al aire, por lo que los vecinos soltaron al pibe, que salió corriendo, y se pusieron a resguardo. Chocobar persiguió a Juan Pablo y le disparó cuatro veces al cuerpo.
La autopsia constató que Juan Pablo recibió dos de esos disparos. Uno entró en la región lumbar derecha, a 4 cm. de la línea media vertebral y a 6 cm. por encima de la cresta ilíaca derecha, el otro en la parte posterior del muslo izquierdo, que le fracturó el fémur. Los dos por la espalda, efectuados, según las pericias hechas por la policía federal -y como se ve en el video-, a una distancia muy superior a los siete metros.
Los relatos de los testigos -esos vecinos que acudieron a auxiliar al turista, detuvieron a Juan Pablo y recuperaron la cámara de fotos- dejan claro que el chico forcejeó con ellos tratando de escapar, pero no los atacó con arma alguna, ni de fuego -que no tenía- ni el famoso cuchillo que nunca empuño contra ellos, y que recién entonces apareció Chocobar a los tiros, primero tres al aire, luego cuatro al cuerpo, de los que acertó dos.
Vimos hasta el cansancio las imágenes de la cámara de seguridad que captó el momento del fusilamiento, que no dejan lugar para la duda. Juan Pablo corría, sin nunca darse vuelta ni amenazar ni gesticular hacia su perseguidor, cuando recibió los dos disparos que lo mataron. Se encontraron siete vainas servidas del arma reglamentaria de Chocobar, además de los proyectiles recuperados en la autopsia. Juan Pablo no tenía armas de fuego, y no llevaba el cuchillo en sus manos.
Como lo sostiene la querella que representa a Ivonne, mamá de Juan Pablo, el funcionario policial eligió, de todas las opciones posibles, la de más letal resultado. Disparó, no una, sino cuatro veces, contra una persona desarmada que corría dándole la espalda. Le acertó dos tiros, y sólo por intercesión de la buena suerte los otros dos no mataron o hirieron transeúntes en la muy circulada avenida Suárez. Disparó cuatro veces contra una persona que no lo atacaba, no lo amenazaba ni amenazaba a terceros, y que, en el peor de los casos, si no hubiera podido darle alcance, hubiera escapado. Como escapó su amigo, luego identificado y detenido, y hoy también en juicio por el asalto al turista.
A pesar de la extrema claridad de los hechos -o quizás, por eso mismo- el policía bonaerense fusilador fue elegido por el gobierno de Cambiemos -hoy Juntos por el Cambio- como su paradigma en materia represiva, lo que se concretó en lo que empezamos a llamar la “doctrina Chocobar”.
Así lo anunció en su cuenta de Twitter la entonces ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, el 2 de enero de 2018: “Junto al presidente @mauriciomacri recibimos al policía Luis Chocobar que salvó a un turista de la muerte. Actuó en cumplimiento de su deber de Policía y así debe ser interpretado. Queremos defender a los Policías que cuidan a la gente y no que terminen acusados o presos“.
En catarata, se sumaron la foto del abrazo y la frase presidencial (“Usted es un héroe, necesitamos más policías como usted“); el rechazo de Macri al fallo judicial que procesó a Chocobar, aun cuando no fue detenido y se redujo el homicidio calificado a un “exceso” excarcelable (“No entiendo qué esperan los jueces, ¿que lo deje escapar?“); la Resolución 956/2018, más conocida como “Protocolo Chocobar”, que habilitó a las fuerzas federales a disparar por la espalda y a personas desarmadas; el Programa “Restituir”, dirigido a reincorporar miembros de las fuerzas excluidos de sus filas por hechos de gatillo fácil; la creación de la Unidad de Garantía de Derechos Humanos “para asistir a los efectivos policiales y de seguridad federales”; el protocolo que habilitó el uso de las picanas portátiles Taser y el proyecto de reforma del art. 34 del Código Penal para instalar la impunidad absoluta de funcionarios de las fuerzas represivas que maten o hieran con el arma reglamentaria en cualquier circunstancia. Chocobar, mientras tanto, fue reincorporado al servicio activo, novedad que le comunicó personalmente Patricia Bullrich, junto a dos senadoras provinciales, en una visita a su casa ampliamente publicitada.
Desde las organizaciones populares enfrentamos con fuerza ese paquete de reivindicaciones represivas que expresamente reconocían al gatillo fácil como política de estado, lo que abrió el camino para que la actual ministra de Seguridad, Sabina Frederic, derogara algunas de esas medidas a poco de asumir, iniciativa que, a poco de andar, quedó trunca.
Hoy, mientras se desarrolla el varias veces postergado juicio oral al policía Chocobar -descubierto por trabajadorxs de un hospital hace pocas semanas cuando hacía allí tareas de “seguridad”-, nos encontramos frente a una renovada campaña de legitimación de la represión y el gatillo fácil, que se apoya en aquello que se atribuye al ministro de Propaganda nazi Joseph Goebbels, “miente, miente, que algo quedará“. Lo haya dicho realmente o no, la idea y la práctica son propias de los sectores más reaccionarios, expertos en la manipulación de los hechos para instalar como verdades, con el aporte indispensable de la prensa hegemónica, las falacias en las que fundan sus iniciativas.
Chocobar llegó el viernes 9 al edificio de Comodoro Py con su defensor Fernando Soto, ex funcionario del gabinete de Patricia Bullrich, que le encomendó la defensa del prefecto Pintos, autor del disparo que mató a Rafael Nahuel, y lo designó apoderado judicial del Ministerio de Seguridad de la Nación en la causa por la desaparición forzada de Santiago Maldonado. Junto a ellos, el codefensor Luis Cevasco, recordado por su misógina y machista intervención como juez de instrucción, a finales de los ’80, en la causa por el asesinato de Jimena Hernández en la pileta de natación del colegio Santa Unión, en la que filtró a los medios su teoría de que la nena de 11 años “tenía una vida sexual activa”. Cevasco también fue el juez que dictó falta de mérito al ingeniero Santos por el fusilamiento de los dos jóvenes que le robaron el estéreo, y seguramente ese prontuario pesó a la hora de ser elegido como Procurador General (jefe de los fiscales) de la justicia penal, contravencional y de faltas de la Ciudad cuando Mauricio Macri era jefe de gobierno.
La defensa de Chocobar insistió, en la primera audiencia del debate, en el ya varias veces rechazado planteo de que se lo someta a juicio por jurados. La intencionalidad del reiterado -y técnicamente absurdo- pedido, que no está previsto en el proceso de la justicia nacional, queda explicado con las palabras de los propios defensores. Recordando los casos del médico Lino Villar Cataldo y del carnicero Daniel Oyarzún, ambos absueltos en juicio por jurados por los homicidios que cometieron respecto de personas que huían después de haberlos asaltado, Soto reconoció: “Estoy seguro que un tribunal técnico normal los hubiera condenado a los dos (…) en cambio, en los dos casos el juicio por jurados los absolvió por unanimidad“. Nunca más evidente por qué decimos que el juicio por jurados, en la forma que está implementado en algunas provincias de nuestro país, está lejos de garantizar otra cosa más que la impunidad para el linchamiento y el gatillo fácil, legitimados por el clima social que genera la prensa hegemónica a partir de este tipo de hechos. Hablando de policías, recordemos la leve pena por “homicidio culposo” resultante de la decisión de un jurado “popular” en la causa contra el comisario Buscarolo por el fusilamiento de Iago Ávalos en Morón.
Mientras tanto, los diputados nacionales por Mendoza Luis Petri y Alfredo Cornejo -ex gobernador de Cambiemos- reflotaron esta semana, en coincidencia con el inicio del juicio a Chocobar, el proyecto de reforma del artículo 34 del Código Penal, para introducir la presunción legal de “cumplimiento del deber” cuando un miembro de las fuerzas de seguridad hiere o mata.
“La reforma propuesta viene a solucionar esta laguna legal que deja al arbitrio de los jueces el determinar cuándo un funcionario había actuado en cumplimiento de su deber, para garantizar que policías como Chocobar, que obran en cumplimiento del deber y en defensa de la vida, no terminen sentados en el banquillo de los acusados”, sostuvieron en declaraciones públicas los diputados mendocinos.
No hay ninguna “laguna legal”. Hay un delito perfectamente definido como homicidio calificado en el art. 80 inc. 9 del Código Penal vigente, que sanciona con prisión perpetua al integrante de fuerzas de seguridad, policiales o del servicio penitenciario, que mate abusando de su función o cargo. Lo que sí existe -y convierte ese artículo en papel pintado- es una política judicial que se esfuerza en ignorar esa norma, y, a lo sumo, cuando no le queda más remedio que condenar a un uniformado, recurre a eufemismos como el “exceso en la legítima defensa” o el “exceso en el cumplimiento del deber”, cuando no al “homicidio culposo” -sin intención, por accidente-, como resolvió en agosto la Cámara Criminal de Quilmes en el caso de Federico Rey, el preso que reclamaba medidas por la pandemia en el techo del penal de Florencio Varela cuando recibió tres balazos de plomo por la espalda. Fue sin querer, dijeron los jueces Barbieri y Cascio, apenas si una “negligencia o ligereza de la imputada”, la penitenciaria Eliana Daniela Heidenreich.
Podríamos ejemplificar esa reiterada política judicial de garantía de la impunidad de los represores con cita de infinidad de fallos similares, tanto en causas por gatillo fácil (fusilamientos de Marcelo Bogado, Juan Carlos Bustamante, Walter Robles y Leandro Pérez, Matías Barzola, etc.), como en causas por tortura seguida de muerte, sistemáticamente calificadas con figuras menores (Walter Bulacio, Jorge “Chaco” González, Diego Gallardo, entre otros). Una política de impunidad que sólo es viable por el accionar en pinzas de los tres poderes del estado, el que mata y tortura a través de su aparato represivo -y luego les provee la defensa técnica-, el que legisla para que sea factible poner a resguardo a sus verdugos y el que los juzga con benevolencia, desnaturalizando las figuras penales aplicables en sentido exactamente inverso al que utilizan cuando criminalizan la protesta social.
El juicio a Chocobar implica mucho más que una simple expectativa entre la absolución pretendida por la defensa y la condena justa que reclama la querella. La posibilidad de que prevalezca esa teoría de los dos demonios alentada por la acusación fiscal reviste enorme peligrosidad, más todavía cuando se trata del caso testigo elegido por los sectores embanderados con el punitivismo para lxs pobres y la impunidad para los represores.
Por eso, aunque no podamos estar materialmente presentes acompañando a la querella, junto a Ivonne Kukoc y sus hijos e hijas, decimos:
¡Basta de represión!
El gatillo fácil es un crimen de estado
¡Perpetua para Chocobar!
CORREPI