Lo peor está por venir, advierte ministro de Salud de Buenos Aires sobre COVID-19

12.6.2020

El ministro de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, Fernán Quirós, dijo hoy que los casos de la enfermedad del nuevo coronavirus (COVID-19) “aumentan y lo peor está por venir” en la capital del país.

Expresó que de los 27.373 casos de la enfermedad en Argentina, 13.069 corresponden a la Ciudad de Buenos Aires, donde la tasa de letalidad es de 2,27 %.
“La curva está evolucionando en más casos, por lo tanto, por delante tenemos lo peor, va a haber un pico mayor en los días que vienen, sabemos que tenemos una curva epidémica en la Ciudad, por lo cual todavía tenemos la montaña por delante”, explicó Quirós en conferencia de prensa.
La capital argentina autorizó el pasado lunes actividades físicas entre las 20:00 y las 8:00 horas del día siguiente como una válvula de escape para quienes ya no soportan el encierro, pero si el número de casos se acelera se realizará una modificación a ese permiso, señaló el ministro de Salud de Buenos Aires.
“El mensaje hacia los que están cansados y les cuesta (cumplir la cuarentena que inició el 20 de marzo), es que nosotros les dimos una pequeña válvula de escape para que puedan juntar nuevamente fuerzas, porque todavía no hemos terminado con este problema”, agregó.

Coronavirus en el CAINA

12.6.2020

El 5 de junio se dio ingreso al Centro de Atención Integral a Niñas, Niños y Adolescentes (CAINA) a un adolescente, sin contar con los resultados del test realizado para descartar Covid-19. Esto ocurrió a partir de la presión y exigencia de las autoridades del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat de la Ciudad sin escuchar las demandas de los trabajadores del centro. “Desconociendo además el encuadre institucional establecido para cuidar tanto a les niñes y adolescentes alojades como a les trabajadores, que exige contar con el resultado negativo del test para garantizar ingresos cuidados”, advirtieron. Al día siguiente, efectores de Salud informaron que el resultado del test era positivo.

“Esta intervención negligente expuso a todo el personal y población alojada a un alto riesgo de contagio. Al momento de publicar este comunicado, aún nos encontramos intentando que las autoridades garanticen los hisopados para todas aquellas personas que se vieron afectadas por esta situación”, afirmaron desde el Colectivo de Trabajadorxs del CAINA, quien calificaron que la situación actual del Centro es crítica.
“Desde el comienzo de la pandemia entendimos la necesidad de discutir y readecuar el dispositivo para poder continuar garantizando y restituyendo derechos de la población con la que trabajamos. En reiteradas oportunidades demandamos a la Dirección General de Niñez y Adolescencia la apertura de un dispositivo acorde a las características de la misma, con personal adecuado, donde se protocolice un circuito de testeo y espera de resultados previo a cada ingreso. La respuesta de las autoridades fue colocar una pared de madera -que ni siquiera llega al techo- dividiendo el edificio del CAINA a la mitad, determinando un área para la labor ‘convivencial’ y otra para el período de ‘aislamiento’. Esto implicó además desdoblar el ya escaso personal para desarrollar las tareas pertinentes a cada área: ya con el licenciamiento de grupos de riesgo el mismo se vio reducido al tercio de su dotación original, situación que se agravó con el correr de las semanas y la aparición de casos sospechosos y positivos”, agregaron.
El Colectivo afirmó que es urgente que se implementen acciones concretas para prevenir nuevos contagios evitables, y garantizar condiciones dignas de alojamiento y contención para les niñes y adolescentes: “En primer lugar, el compromiso por parte de las autoridades del Ministerio de respetar y abonar al cumplimiento del Protocolo de Salud establecido para efectuar ingresos cuidados. Esto permitirá detectar también rápidamente casos positivos, y motorizar en esos casos una atención integral acorde a sus necesidades en las instituciones correspondientes. Debe construirse una articulación constante y eficaz con efectores de Salud. Garantizar el testeo inmediato ante casos sospechosos y de contactos estrechos, tanto para la población como para los y las trabajadoras. Además, exigimos se garantice personal idóneo con carácter estable para cubrir los faltantes de todas las guardias, habilitando materializar el esquema de desdoblamiento de guardias, de acuerdo a las recomendaciones para dispositivos convivenciales de NNyA. Para ello, es necesario también formalizar las contrataciones que actualmente están informalizadas de lxs acompañantes terapéuticxs, con sueldos muy por debajo de la línea de la pobreza. En este contexto, más que nunca, resulta fundamental que los contratos cuenten con reconocimiento de derechos laborales básicos como ART, obra social y aguinaldo. De igual manera, precisamos contar con propuestas de talleres lúdico recreativos con frecuencia regular, para atenuar el impacto negativo a nivel subjetivo en les adolescentes, producto del aislamiento y contexto general. A nivel macro, es necesario un diagnóstico integral del funcionamiento del circuito de dispositivos para el abordaje de niños, niñas y adolescentes en situación de calle, y avanzar en generar mesas de trabajo con la presencia de los distintos actores parte, para unificar criterios y estrategias de intervención, balances, diagnósticos, objetivos, etc.”.
Señalaron además que hasta el momento, y a pesar de todo lo que queda por hacer, han podido torcer el curso de algunas voluntades políticas a las que calificaron de “irresponsables, desinteresadas y de accionar negligente”, avanzando en refacciones edilicias básicas, una organización institucional con coordinación centralizada; refuerzos parciales; hisopados para los ingresos nuevos; personal de enfermería permanente, atención semanal en psiquiatría, insumos de prevención y profilaxis: “Esto fue posible con la presión y acompañamiento de diversos actores del campo de la Niñez, a los cuales les hacemos llegar nuestro más sincero agradecimiento: Defensoría del Pueblo, Ministerio Público Tutelar, legisladores y legisladoras del Frente de Todxs de la Ciudad y respectivxs asesorxs, comunerxs, Consejo Directivo de ATE Capital, Junta Interna de Promoción Social, Red APIABA, organizaciones de la comunidad de San Telmo, colectivos de trabajadorxs de la Educación en UTE, Trabajadorxs del CESAC 15, referentes y efectores de Niñez. Estamos convencidos que es potenciendo estas redes de solidaridad y de trabajo colectivo, como podremos construir otros presentes cuidados y con todos los derechos para nuestras infancias y adolescencias”.
“Como Colectivo de Trabajadorxs nos negamos rotundamente a que la desidia de las autoridades nos exponga sistemáticamente al contagio, tanto a nosotros como a los niños y adolescentes alojados. Exigimos al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que escuche las demandas y planteos que desde los colectivos de trabajo hemos elevado en los ámbitos formales gremiales y CyMAT en el Ministerio, y que cesen inmediatamente los aprietes a los y las trabajadores de Niñez que día a día le ponemos el cuerpo, la cabeza y el corazón a la enorme tarea de cuidar a la población de mayor vulnerabilidad en la Ciudad”, finalizaron.

Cierran el Hogar Eva Duarte

10.6.2020

Trabajadoras de la Dirección de la Mujer de la Ciudad de Buenos Aires advierten que el gobierno porteño quiere “mudar” el Hogar Eva Duarte, la única institución oficial que aloja y acompaña a adolescentes madres y/o embarazadas con sus hijes, que han atravesado situaciones de violencia de género en contextos de vulnerabilidad social, situación que solo traería como consecuencia condiciones de hacinamiento en otros dispositivos.

El Hogar Eva Perón funciona desde hace más de 6 años en un ala del edificio del Hogar San Martín, en el barrio de La Paternal. El San Martin aloja población de adultos mayores, pero no comparten espacios comunes con las adolescentes.
“Nuestra locación garantiza todas las condiciones necesarias para brindar un espacio seguro y adaptado a las demandas específicas de las adolescentes y sus hijxs, cumpliendo con los protocolos actuales y los controles sanitarios dispuestos, a fin de elevar al máximo las medidas de prevención por la circulación del virus Cov Sars 2”, explicaron las trabajadoras de la Dirección de la Mujer y aclararon que desde el inicio de la cuarentena obligatoria vienen solicitando a las autoridades que permitan el ingreso de las adolescentes y sus hijes que requieran ser alojadas, pero estos vienen siendo negados sin ningún fundamento de carácter legal o acción por protocolo de Salud que así lo indique, dejando al desamparo y exponiendo a todo tipo de riesgo a esta población.
“El gobierno de la Ciudad, conducido por Horacio Rodríguez Larreta, por tanto es responsable de la vulneración de derechos y el incumplimiento de la Ley Nacional N°26.061 y la N°114 de la CABA, ambas de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como también los tratados internacionales contemplados en la Constitución Nacional, en materia de situaciones de violencia de género y derechos humanos en general. Actualmente entonces, no se cuenta con ningún efector estatal que aloje estas particularidades”, agregaron las trabajadoras.
A esta situación, se suma que en las últimas horas la Subsecretaría de Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario, a cargo de Jazmín Lerner, comunicó el cierre del Hogar Eva Perón y la próxima redistribución de población y trabajadoras: “Informan que el motivo de la mudanza es en pos del cuidado de las dos poblaciones que habitan el predio. Somos conscientes del cuidado necesario para las personas mayores en este contexto, sin embargo las poblaciones de los dos hogares no tienen contacto alguno. La redistribución de población y trabajadoras del Hogar Eva Duarte, trae como consecuencia condiciones de hacinamiento en otros dispositivos, ya que ante el recrudecimiento de los casos por violencia de género, los efectores están colapsados y no llegan a cubrir la demanda. Esta decisión implica de hecho, el vaciamiento de esta política pública y la vulneración de los derechos de las adolescentes y sus hijes”.
En este sentido, las trabajadoras expresan: No es Mudanza, es Desalojo; No al cierre del Hogar Eva Duarte; No al vaciamiento y de las políticas públicas; Basta de ajuste sobre las poblaciones más vulnerables; Presupuestos de emergencia acordes al contexto de crisis socio económico sanitaria.

“Sin internet y computadoras, no hay educación a distancia”

9.6.2020

La medida cautelar dictada por el juez Gallardo ordena al gobierno porteño otorgar un computadora portátil, notebook o tablet a cada a estudiante que se encuentre en situación de vulnerabilidad social de establecimientos educativos de gestión pública y de gestión privada con cuota cera. Ordena también garantizar acceso a internet en las villas, asentamientos y barrios de emergencia de la Ciudad.

La medida cautelar, dictada por el magistrado, en los expedientes acumulados, Expte. 3264-2020/0, 3747-2020/0. 3807-2020/0 y el Expte. N° 4012-2020/0 caratulado “ARMANDO, FRANCO DAMIAN Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE AMPARO – APLICACIONES MOVILES-INTERNET” se da a partir de una presentación efectuada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC), la Cátedra de Ingeniería Comunitaria (CLIC), el IPYPP y el Frente Salvador Herrera.
En este marco, dispone la suspensión precautoria de la vigencia del punto 3 del Anexo I de la Resolución N° 13/SSTES/20, en cuanto establece requisitos para la entrega de equipos informáticos (computadoras portátiles, notebooks o tablets) a alumnos y alumnas que asisten a establecimientos educativos de nivel primario y secundario de la CABA.
Ordena al gobierno porteño a que en el plazo de cinco (5) días, proceda a entregar a todos los alumnos y alumnas que concurren a establecimientos educativos de gestión pública o de gestión privada con cuota cero y que se encuentren en situación de vulnerabilidad social, un dispositivo informático adecuado (computadora portátil, notebook o tablet) para acceder a internet y realizar las tareas escolares que garanticen su continuidad pedagógica en modalidad virtual o a distancia.
Señala que por situación de vulnerabilidad social se entenderá automáticamente acreditada en el caso que alguno de los miembros del grupo familiar del estudiante sea beneficiario de algún plan, beca, subsidio o programa social del GCBA o del Estado Nacional, o bien cuando residan en villas, barrios de emergencia y/o asentamientos de la CABA.
Indica a su vez que el Ejecutivo porteño deberá establecer a esos fines un registro de solicitantes y un mecanismo de entrega de los equipos, que respeten la totalidad de las pautas sanitarias vigentes en materia de COVID-19, utilizando, preferentemente, canales institucionales -ya en uso- insertos en los barrios (comedores, parroquias, juntas vecinales, movimientos sociales, etc.).
Agrega que para el caso en que la cantidad de solicitantes sea mayor a la de los dispositivos actualmente disponibles, el GCBA deberá presentar en autos en el mismo plazo de cinco (5) días, una propuesta de entrega prioritaria de los equipos existentes, y un plan para atender la demanda insatisfecha.
Ordena además al GCBA que en el plazo de cinco (5) días disponga la instalación en la totalidad de las villas, barrios de emergencia y/o asentamientos de la CABA, de equipos tecnológicos de transmisión de internet inalámbrica, similares a los que actualmente se encuentran dispuestos por el Gobierno en plazas y espacios públicos, en cantidad y ubicación suficiente como para brindar un estándar mínimo de conectividad inalámbrica libre.
Afirman que en el caso de que existan impedimentos técnicos a efectos de cumplir con lo ordenado en el punto precedente en el plazo estipulado, el GCBA deberá en el mismo plazo entregar un dispositivo móvil con línea de datos que permita el acceso a internet, a cada grupo familiar integrado por niños, niñas y/o adolescentes 35 que concurren a establecimientos educativos de nivel primario. Ello conforme lo detallado en el punto 2º) del presente resolutorio e independientemente de haber entregado o no equipos de computación a dicho grupo.
También ordena al GCBA que en el plazo de tres (3) días desde vencido el plazo de la intimación, informe sobre el cumplimiento de lo aquí resuelto, y que en el plazo de tres (3) días informe cuál es el mecanismo actualmente implementado para brindar asesoramiento y soporte técnico y de mantenimiento a los alumnos y alumnas que utilizan equipos informáticos (computadoras portátiles, notebooks o tablets) provistos por el GCBA.

“Sin internet y computadoras no hay educación a distancia”

8.6.2020

La medida cautelar dictada por el juez Gallardo ordena al gobierno porteño otorgar un computadora portátil, notebook o tablet a cada a estudiante que se encuentre en situación de vulnerabilidad social de establecimientos educativos de gestión pública y de gestión privada con cuota cera. Ordena también garantizar acceso a internet en las villas, asentamientos y barrios de emergencia de la Ciudad.

La medida cautelar, dictada por el magistrado, en los expedientes acumulados, Expte. 3264-2020/0, 3747-2020/0. 3807-2020/0 y el Expte. N° 4012-2020/0 caratulado “ARMANDO, FRANCO DAMIAN Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE AMPARO – APLICACIONES MOVILES-INTERNET” se da a partir de una presentación efectuada por el Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC), la Cátedra de Ingeniería Comunitaria (CLIC), el IPYPP y el Frente Salvador Herrera.
En este marco, dispone la suspensión precautoria de la vigencia del punto 3 del Anexo I de la Resolución N° 13/SSTES/20, en cuanto establece requisitos para la entrega de equipos informáticos (computadoras portátiles, notebooks o tablets) a alumnos y alumnas que asisten a establecimientos educativos de nivel primario y secundario de la CABA.
Ordena al gobierno porteño a que en el plazo de cinco (5) días, proceda a entregar a todos los alumnos y alumnas que concurren a establecimientos educativos de gestión pública o de gestión privada con cuota cero y que se encuentren en situación de vulnerabilidad social, un dispositivo informático adecuado (computadora portátil, notebook o tablet) para acceder a internet y realizar las tareas escolares que garanticen su continuidad pedagógica en modalidad virtual o a distancia.
Señala que por situación de vulnerabilidad social se entenderá automáticamente acreditada en el caso que alguno de los miembros del grupo familiar del estudiante sea beneficiario de algún plan, beca, subsidio o programa social del GCBA o del Estado Nacional, o bien cuando residan en villas, barrios de emergencia y/o asentamientos de la CABA.
Indica a su vez que el Ejecutivo porteño deberá establecer a esos fines un registro de solicitantes y un mecanismo de entrega de los equipos, que respeten la totalidad de las pautas sanitarias vigentes en materia de COVID-19, utilizando, preferentemente, canales institucionales -ya en uso- insertos en los barrios (comedores, parroquias, juntas vecinales, movimientos sociales, etc.).
Agrega que para el caso en que la cantidad de solicitantes sea mayor a la de los dispositivos actualmente disponibles, el GCBA deberá presentar en autos en el mismo plazo de cinco (5) días, una propuesta de entrega prioritaria de los equipos existentes, y un plan para atender la demanda insatisfecha.
Ordena además al GCBA que en el plazo de cinco (5) días disponga la instalación en la totalidad de las villas, barrios de emergencia y/o asentamientos de la CABA, de equipos tecnológicos de transmisión de internet inalámbrica, similares a los que actualmente se encuentran dispuestos por el Gobierno en plazas y espacios públicos, en cantidad y ubicación suficiente como para brindar un estándar mínimo de conectividad inalámbrica libre.
Afirman que en el caso de que existan impedimentos técnicos a efectos de cumplir con lo ordenado en el punto precedente en el plazo estipulado, el GCBA deberá en el mismo plazo entregar un dispositivo móvil con línea de datos que permita el acceso a internet, a cada grupo familiar integrado por niños, niñas y/o adolescentes 35 que concurren a establecimientos educativos de nivel primario. Ello conforme lo detallado en el punto 2º) del presente resolutorio e independientemente de haber entregado o no equipos de computación a dicho grupo.
También ordena al GCBA que en el plazo de tres (3) días desde vencido el plazo de la intimación, informe sobre el cumplimiento de lo aquí resuelto, y que en el plazo de tres (3) días informe cuál es el mecanismo actualmente implementado para brindar asesoramiento y soporte técnico y de mantenimiento a los alumnos y alumnas que utilizan equipos informáticos (computadoras portátiles, notebooks o tablets) provistos por el GCBA.

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