Discusión del Proyecto de Ley de Presupuesto: Nuevamente Superpoderes para Macri

2.10.2014 

Por Jonatan Emanuel Baldiviezo

Ingresó en la Legislatura el proyecto de Ley de Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires remitido por el Poder Ejecutivo y que tramita bajo el N° 2693-J-2014.

 

En este proyecto de ley se contempla nuevamente otorgarle superpoderes presupuestarios al Poder Ejecutivo, en este caso, al Jefe de Gobierno, Ing. Mauricio Macri.

 

Desde hace varios años la Legislatura viene violando la Constitución de la Ciudad al otorgar facultades presupuestarias con alcances no permitidos y delegando sus funciones. Cuando salen noticias de subejecución y reasignación de partidas presupuestarias que afectan a las áreas sociales como vivienda, educación, salud a favor de incrementar los montos del crédito presupuestario destinado a  pauta publicitaria, obras no prioritarias, eventos es en virtud de estos superpoderes.

 

Para comprender que implican los superpoderes y su inconstitucionalidad cabe hacer una descripción de cómo se elabora y aprueba el Presupuesto.

 

La Legislatura es la que tiene competencia para sancionar el Presupuesto. El presupuesto contiene todos los gastos que demanda el desenvolvimiento de los órganos del gobierno central, de los entes descentralizados y comunas, el servicio de la deuda pública, las inversiones patrimoniales y los recursos para cubrir tales erogaciones.

 

En principio, el Poder Ejecutivo de acuerdo a la Constitución no tiene facultades para realizar modificaciones al Presupuesto una vez que es aprobado por la Legislatura. La propia Legislatura a través de la ley N° 70 dispuso excepciones a esta regla clara.

 

Así, en su art. 63 se establece que modificaciones puede realizar tanto el Poder Ejecutivo como la Legislatura durante la ejecución del presupuesto. En esta dirección, autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar modificaciones a la Ley de Presupuesto salvo cuando:

 

·         Afecte al total del presupuesto y al  monto del endeudamiento autorizado.

·         Incremente los gastos corrientes en detrimento de los gastos de capital o de las aplicaciones financieras.

·         Cambie la distribución de las funciones/finalidad (Salud, Educación, Cultura, Trabajo, Vivienda, Ecología, Transporte, etc).

·         Modifique el crédito total autorizado para las partidas de "Transferencias" y las de "Personal" con excepción de los refuerzos originados en el "Crédito Adicional".

En estos casos, corresponde a la Legislatura de la Ciudad realizar tales modificaciones a la Ley de Presupuesto. Así, el Poder Ejecutivo, por ejemplo, no debería modificar partidas trasladando crédito público de la función “Vivienda” a la de “Transporte”, porque esto implicaría cambiar la distribución de las funciones del crédito presupuestario. Tampoco el Poder Ejecutivo estaría habilitado para incrementar la partida de “Personal” con crédito presupuestario destinado a obras, porque constituiría un incremento de los gastos corrientes en detrimento de los gastos de capital.

 

Estas autorizaciones que otorga la ley N° 70 al Poder Ejecutivo para modificar el Presupuesto no son de trascendencia y están dentro de la aplicación razonable de la prohibición que tiene la Legislatura de delegar sus atribuciones (Art. 84 de la Constitución de la CABA).

 

Este sistema de competencias para modificar la Ley de Presupuesto durante su ejercicio financiero está siendo inconstitucionalmente modificado estos últimos años cada vez que se sanciona el Presupuesto.

 

En el texto del proyecto de ley N° 2693-J-2014 se repite la misma regulación que se ha aprobado en anteriores leyes de presupuesto. Así en el art. 23 del proyecto se establece que el Poder Ejecutivo tiene la facultad de modificar la distribución funcional (finalidad), del gasto en el curso del ejercicio, en tanto que el monto total anual de dichas modificaciones  no supere el cinco por ciento (5%) del total del presupuesto. Se agrega que podrá incrementar los gastos corrientes en detrimento de los gastos de capital y de las aplicaciones financieras en el mismo porcentaje.

 

En el art. 27 se dispone que las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo pueden ser delegadas en el Ministerio de Hacienda, en los Ministros o autoridades máximas de cada jurisdicción o entidad.

 

De esta forma, las limitaciones que la ley N° 70 establece al Poder Ejecutivo respecto a la modificación de las partidas presupuestarias es soslayada plenamente en cada aprobación de la Ley de Presupuesto. Se deroga en forma implícita el art. 63 de la ley N° 70.

 

Se podría decir que una ley puede modificar a otra ley, pero el art. 52 de la Constitución de la Ciudad establece que la Ley de Presupuesto no puede reformar ni derogar leyes vigentes. Es decir, en concreto, la Ley de Presupuesto no puede derogar ningún artículo de la ley N° 70 y esto es lo que ha estado ocurriendo en los últimos años y que implica una concentración de poder gigante en cabeza del Poder Ejecutivo y sus ministros.

 

Además, la Legislatura tiene prohibido delegar sus atribuciones (art. 84 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires). Las competencias que se viene concediendo al Poder Ejecutivo en las leyes de presupuesto de años anteriores y que muy probablemente se apruebe este año nuevamente por sus alcances constituye una verdadera delegación de atribuciones, al punto tal que las partidas presupuestarias a fin de año son lejanamente distintas a las que aprueba la Legislatura.

 

Estos superpoderes presupuestarios dados inconstitucionalmente al Poder Ejecutivo han permitido una profunda desinversión de las áreas sociales, asignaciones de prioridades orientadas al mercado y a obras de marketing político, que no se respete las partidas que las organizaciones y colectivos afectados logren que se sancione en la Legislatura, etc.

 

Anualmente en la Legislatura de la Ciudad durante el tratamiento y aprobación del Presupuesto los legisladores disputan para realizar modificaciones en las partidas que una vez que se aprueba el Presupuesto no son respetadas por el Poder Ejecutivo. Toda la discusión parlamentaria y discusiones son inútiles si al mismo tiempo se aprueban estos superpoderes.

 

El tratamiento del proyecto de ley de Presupuesto debe tener como piso de discusión mínimo la eliminación de los artículos que otorgan superpoderes presupuestarios. De lo contrario, toda discusión es una teatralización de algo que no se volverá realidad. Todo legislador que esté realmente preocupado por la asignación de los recursos de la Ciudad y por el respeto al debate democrático y la protección de sus resultados no debe aprobar un Presupuesto con Superpoderes.

La legisladora Gabriela Alegre expresó su preocupación ante el proyecto de Presupuesto del Gobierno Porteño

1.10.2014

“Macri condiciona el presupuesto de los ciudadanos según su conveniencia electoral”

La presidenta del Bloque del Frente para la Victoria, Gabriela Alegre, manifestó que el Presupuesto para el próximo año elaborado por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Mauricio Macri, “está diseñado con vistas a su candidatura a presidente y no para gobernar de acuerdo a las necesidades de los ciudadanos porteños, menos aún, de los más desprotegidos”.

La diputada Alegre señaló que cerca de un año electoral, “Macri plantea una fuerte inversión en pavimento y veredas, en desmedro de grandes obras de infraestructura y de inversión social: como en educación, salud y especialmente en vivienda y urbanización de villas, que continúa cayendo año tras año”.

 

En este sentido, la legisladora del FPV señaló que “a pesar de la grave situación de falta de urbanización y de vivienda digna, que afrontan muchos porteños, la propuesta de Macri es asignar apenas el 0,9 por ciento del total del presupuesto (790 millones de pesos) para dichas áreas. De esta forma, la Ciudad llegaría en el 2015 a batir un nuevo record en la caída de la inversión destinada a la vivienda”.

La diputada Gabriela Alegre también manifestó su preocupación ante la propuesta del Ejecutivo porteño, de aumentar los impuestos de ABL y de patentes, en un contexto de incremento del 500% de la deuda de la Ciudad desde 2007: “Queda claro que la intención es contar con mayor liquidez para la campaña. Además, estos aumentos, con topes que no están discriminados en forma proporcional, terminan por beneficiar a quienes poseen, por ejemplo, autos de alta gama o los inmuebles más caros”, enfatizó la legisladora porteña.

"El PRO se caracterizó por aumentar la deuda y refinanciarla a tasas usurarias. Dejará una pesada herencia para el próximo gobierno. Hasta la fecha, sólo por intereses y comisiones en 2015 se pagará el 3,2% del gasto total, más de tres veces la inversión prevista en vivienda", remarcó Gabriela Alegre.

LA CTD ANIBAL VERON – CABA MARCHA A LA JEFATURA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD (Jueves 2 de octubre, 11hs.)

1.10.2014

Declaración Política “Macri y el Derecho del pobre a vivir en la Ciudad

Marchamos a la Jefatura del Gobierno de  la Ciudad de Buenos Aires para reclamar por los derechos del pobre a vivir en la Ciudad.

Las políticas actuales de este Gobierno son excluyentes y sumergen a gran parte de la población a un ostracismo económico, social y cultural, buscando con sus prácticas el destierro del pobre de la Ciudad. Destinando un inmenso presupuesto al negocio inmobiliario, a las constructoras y negándole salud, educación y vivienda a quienes lo necesitan. Las sobras quedan para los pobres.

Contra las políticas excluyentes del macrismo que sumergen al pueblo en la miseria, que lo condena a una salud y educación paupérrimas y lo subyuga a vivir en pésimas condiciones exigimos:

 

                  La urbanización de todas las villas de  la Ciudad de Buenos Aires y el reconocimiento como barrios de todos los asentamientos.

                  Frenar la Construcción del Muro que aísla a las villas del resto de la Ciudad.

                  Una Ley que frene los desalojos, que regule los alquileres y que le ponga fin a la especulación inmobiliaria.

                  La construcción de viviendas sociales.

                  El reconocimiento de los Comedores Populares que hoy funcionan en las barriadas de la Ciudad.

                  Más presupuesto educativo, y reconocimiento y presupuesto a los centros educativos y culturales informales que funcionan en  los barrios de la ciudad.

 

CORDINADORA DE TRABAJADORES DESOCUPADOS

ANIBAL VERON – CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

VILLA 31 BIS – VILLA 21 – VILLA 15

AMPARO POR NEGACIÓN DE INFORMACIÓN A 11 PRESIDENTES DE JUNTAS COMUNALES

29.9.2014

En los fundamentos del Decreto 251/14 que, prácticamente interviene las Comunas nombrándoles Gerentes, se dice que intervino el Consejo de Coordinación Intercomunal. Éste Consejo se encuentra integrado por los Presidentes de las Juntas Comunales en tanto representantes legales de dichos órganos colegiados que gobiernan las Comunas.

Por todo lo cual, el MOVIMIENTO COMUNERO viendo que a raíz del Dto 251 se habían realizado tres amparos y una denuncia penal contra las autoridades del Gobierno de la Ciudad, pero en ningún caso se había considerado la intervención y eventual complicidad de los Presidentes de la Juntas Comunales en el mismo, decidió, en el marco de la ley 104, solicitarle a cada uno de los quince Presidentes la siguiente información:

 

1-       Si en algún momento previo al dictado del Decreto nº 251/14 por parte del Ejecutivo de la Ciudad,  la Junta Comunal ha tratado y votado el contenido del Decreto 251/14 antes de su tratamiento por parte del Consejo de Coordinación Intercomunal. De ser afirmativa su respuesta,  se nos proporcionen copias  de la/s acta/s de la/s reuniones en que fue tratado y/o decidido el tema, con detalle del sentido en se pronunció y, en su caso votó,  cada integrante de esa Junta Comunal;

2-       Informe si usted ha participado en las consultas, reuniones u otras actividades del Consejo de Coordinación Intercomunal en las que éste habría tomado intervención en la elaboración del Decreto 251/14. De ser afirmativa su respuesta, se nos proporcionen copias de la documentación pública, registros y/o actas en las que conste dicha participación y la posición que Ud. hubiere sostenido en cada una de sus intervenciones y en las votaciones en la que hubiere participado;

3-       Toda otra información documental relativa a la gestación y discusión del contenido y/o texto del Decreto nº 251/14 que existiere en el ámbito de la Junta Comunal que Ud. preside.

De los Presidentes de las 15 Juntas Comunales a los que se pidió esta información, sólo recibimos una respuesta directa (Comuna 6) y tres pedidos de postergación de respuesta por consultas (Comunas 11,14y15). Los restantes 11 directamente no contestaron, por lo que se inició una acción de amparo para obtener la respuesta al pedido de información pública solicitada que se negaron a proporcionar (ver anexo AMPARO).

De esos 11, además, 7 (Comunas 1,3,4,5,7,9y13) permitieron, que el Director General Técnico Administrativo y Legal de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, contestara en su lugar (ver anexo contestación) en un evidente acto de incumplimiento de sus obligaciones legales como autoridades comunales electas, por lo que se hizo reserva de derecho al respecto.

Obviamente el MOVIMIENTO COMUNERO consideró nula dicha contestación e inició un recurso jerárquico en la Secretaría para que así sea declarada.

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2014

Enfrentar el “estado de sitio” de Macri y la patronal

27.9.2014

Comunicado de la Agrupación Trabajadores de Metrovías


El reclamo de los trabajadores de estaciones del subte es, sencillamente, el cumplimiento del acta de hace un año, donde la empresa y SBASE se comprometieron a resolver el problema de la seguridad en estaciones, mediante el blindaje de las boleterías y la vigilancia correspondiente.

Pasado un año, nada se ha hecho, ni se sabe que se hará. Esta falta total de respuesta, llevó lógicas medidas de acción gremial, con apertura de molinetes. La empresa respondió con sanciones y descuento de los días de protesta. Se trata de una acción grave: Uno, la patronal desconoce compromisos asumidos. Dos, la situación de seguridad de boleteros y auxiliares sigue sin solución.

Tres el gobierno porteño y la empresa establecen que los que luchan son sancionados. Si a esto le sumamos el juicio a los compañeros por la acción de AGTSyP contra la condena de los petroleros de Las Heras; los pedidos de desafuero para delegados por lucha; la golpiza por elementos de seguridad a delegados de la AGTSyP durante medidas gremiales. Y la provocación por parte de elementos de la UTA protegidos por la patronal, contra delegados y activistas de AGTSyP.

Entonces está bien claro que la patronal y el macrismo se proponen un virtual “estado de sitio” al accionar gremial y al sindicato. Hay que poner un límite. Se trata del sindicato del subte y no del payaso de las cachetadas. Recobrar nuestra dignidad y fortaleza. Proponemos la urgente reunión del Cuerpo de delegados para evaluar la situación y resolver un plan de acción para: Que se levanten las sanciones de estaciones y se paguen los días – Que se blinden con urgencia las boleterías – Que se levanten la causas a los procesados – Que se expulse a los agresores de los delegados


AGRUPACION TRABAJADORES DE METROVIAS

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